IRPF
Impuestos españoles para residentes y no-residentes
Impuesto directo IRPF para residentes – Modelo 100 IRPF
Si ha decidido que tenemos que preparar su declaración de impuestos para España, por favor, consulte de antemano la lista completa de documentación que necesitaremos para preparar su declaración, haciendo clic AQUÍ.
El Impuesto sobre la renta personal (Impuesto sobre la renta de las personas físicas / IRPF) es un impuesto directo que grava los ingresos de las personas en el mismo año calendario. Se pueden deducir los impuestos pagados en otro país, según el Tratado de doble imposición.
Dentro del IRPF, Modelo 100, debes informar de los ingresos mundiales. No es obligatorio presentar la declaración de la renta si tus ingresos totales son inferiores a ocho mil euros (8.000€) y tienes menos de mil seiscientos euros (1.600€) en intereses financieros. Lo mismo sucede si tus ingresos por alquileres son inferiores a mil euros (1.000€) o si ganas menos de vientidós mil euros (22.000€) como empleado a terceros o, por último, si tienes más de un empleador, durante el mismo año, y el último empleador te paga menos de mil quinientos euros (1.500€).
Si eres Autónomo, los ingresos imponibles se determinan como la diferencia entre el ingreso y los gastos; también tienes que informar de las pensiones y pensiones extranjeras, rentas vitalicias, rentas, intereses, dividendos y cualquier ganancia de capital que puedas tener en cualquier parte del mundo.
La declaración del impuesto sobre la renta en España se presenta desde la primera semana de abril hasta el 1 de julio.
Sólo pueden presentarse las declaraciones de IRPF por internet. Desde hace algunos años, la AEAT (Autoridades Tributarias) preparan un borrador de la declaración para que el contribuyente lo pueda descargar desde su sitio web; normalmente incluye todo lo que ha ganado en España y las retenciones correspondientes. Por lo general, está disponible durante la primera semana de abril. Simplemente tienes que aceptar, en línea, tu borrador o modificar cualquier figura que considere incorrecta.
Como en años anteriores, la AEAT exige validar al contribuyente con la fecha de expedición/emisión o con el número de soporte de la tarjeta de Identidad (DNI/NIE) del titular. Por favor, recuerda enviarnos estos datos por escrito según esta ayuda, porque en muchas ocasiones no se puede leer en las copias que recibimos.
Los contribuyentes que tienen su residencia habitual en el territorio español se consideran residentes fiscales de España, a propósito de los impuestos, incluso si no han obtenido su permiso de residencia.
Se entenderá que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando se produce alguna de las siguientes circunstancias:
- Que permanecen más de 183 días, durante el año calendario, en territorio español. Para determinar este período de estadía en territorio español, se computarán las ausencias esporádicas, a menos que el contribuyente demuestre su residencia fiscal en otro país.
- Que en España se encuentra el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, directa o indirectamente. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando, de conformidad con los criterios anteriores, el cónyuge no está legalmente separado legalmente y los hijos menores que dependen de él.
Impuestos españoles para no residentes – Modelo 210
La Agencia Tributaria española (AEAT) establece que la condición de no-residente se puede acreditar mediante la aportación de un certificado de residencia en otro Estado emitido por las autoridades fiscales de dicho Estado. El plazo de validez de dichos certificados se extende al año natural. Si no eres un residente no fiscal, solo tienes que pagar impuestos sobre tus ingresos de fuente española. La tasa impostiva a la renta para no-residentes es del 24%, y del 19% si eres ciudadano de la UE / EEE. Otros ingresos están sujetos a impuestos españoles no residentes de la siguiente manera:
- Las ganancias de capital resultantes de los activos transferidos se gravan a una tasa del 19%
- Los intereses de inversión y los dividendos tributan al 19%, aunque generalmente son más bajos a través de acuerdos de doble imposición. El impuesto sobre los intereses está exento para los ciudadanos de la UE
- Las regalías se gravan al 24%
- Las pensiones se gravan a tasas progresivas, del 8% al 40%
Si no es residente, debe hacer su declaración de impuestos con el Modelo 210.
Impuesto especial español para extranjeros que trabajan en cesión
Existe un régimen fiscal especial para los extranjeros que vienen a trabajar en España en un contrato de trabajo con una empresa española. Esto se conoce a veces como la «Ley de Beckham», ya que supuestamente se creó para que el futbolista David Beckham no tuviera que pagar impuestos sobre sus derechos de imagen en todo el mundo cuando llegó al Real Madrid en 2003.
En virtud del régimen, solo estás sujeto a pagar impuestos en España sobre la renta española a una tasa del 24% hasta seiscientos mil euros (€600,000) (años 2015 y 2016). Por más de €600,000, en 2016 la tasa de impuestos se redujo del 47% al 45%. No hay impuesto a las ganancias de capital a pagar sobre intereses fuera de España.
Si eres un residente fiscal español (pasaste más de 183 días al año en España) y no has residido en España en los últimos diez (10) años, puedes solicitar que te sometan a este régimen dentro de los seis (6) meses posteriores a tu llegada a España. Puedes obtener impuestos reducidos hasta en los cinco años siguientes. Luego debes presentar el Modelo 150. Nosotros podemos prepararte la documentación y la solicitud del certificado para estar incluido en este régimen.
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